INFORMATIVO TRIENIO 2022/2023/2024
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Señores Padres y Apoderados:
En conformidad a las disposiciones legales vigentes, contenidas en el artículo 22 transitorio de la Ley Nº20845, de inclusión Escolar que regula la Admisión de los y las Estudiantes. Elimina el Financiamiento Compartido y Prohíbe el lucro en Establecimientos Educacionales que reciben aportes del estado, establece que durante el primer año escolar desde la entrada en vigencia de la presente ley, los establecimientos educacionales de financiamiento compartido que sigan adscritos a este régimen, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 transitorio, podrán efectuar cobros mensuales por alumno, los que en todo caso no podrán exceder al cobro mensual por alumno correspondiente al año escolar 2015, de conformidad a lo informado a los apoderados para dicho año mediante comunicación escrita y a la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva, según lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto con Fuerza de ley Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación, convertidos en Unidades de Fomento, al valor de dicha unidad al año 2020 (2,0593 U.F.) según resolución exenta 143 del 23/01/2020, cumple con informar a todos ustedes lo siguiente:
- a) El total anual de escolaridad para el año 2022 (valor referencial) será de $ 599.250.- (quinientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta pesos), que podrán ser cancelados en 10 cuotas de $59.9925.- calculado al valor de la F. congelada por el Ministerio de Educación y traspasada al valor de la Unidad de Fomento a marzo de 2022 (Este valor podrá sufrir modificaciones, según la Resolución que dictará el Ministerio de Educación el 23/01/2022, la cual es de conocimiento público.
(Estas 10 cuotas serán canceladas los 15 primeros días del mes, directamente en el Banco Santander), a través de transferecia bancaria o depósito directo en caja del mismo banco. Si se incurriese en retraso en el pago de las cuotas, los montos adeudados se verán grabados por los reajustes e intereses que se hayan fijado dentro de los límites legales, lo que se reflejará en las boletas electrónicas de financiamiento compartido. Para el año 2022,2023 y 2024 se reajustará de acuerdo a las indicaciones que vaya dictando el Ministerio de Educación.
- b) Es importante reiterar que nuestro Establecimiento sigue siendo de Financiamiento compartido, por tanto, el pago de las cuotas es obligatorio, ya que con él se logran realizar todas las actividades programadas para entregar una educación en equidad y calidad; Además contamos con el sistema de becas internas a las cual pueden postular todos los alumnos que cumplan con los requisitos del Reglamento de Becas.
El establecimiento informa que los padres y apoderados que no se encuentren al día en el pago de las cuotas al 30 de noviembre deberán retirar la documentación de su hijo(a) al término del año escolar, invocando gratuidad de la educación en los Colegios Municipalizados según el D.F.L. Nº5 de 1992, quedando la vacante de su hijo(a) disponible para otro alumno que desee ingresar al Colegio.
- c) El Colegio informa que se encuentra adscrito a la Ley SEP (Subvención de Educación Preferencial) a partir del 01 de marzo del 2016 y que beneficia a todos los alumnos que califiquen según el sistema de MINEDUC, pudiendo optar a todos lo beneficios que cubre esta ley..
Queda a disposición de toda la Comunidad Educativa, la información en la página web del colegio www.colegioteresavidela.cl.
Atentamente.
HNA. Mª DE LAS NIEVES DÓNIGA MERINO
SOSTENEDORA
LA SERENA, agosto de 2021.
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